Los clientes me preguntan con frecuencia sobre la aplicabilidad de los acuerdos de no competencia. Algunos clientes asumen que porque Florida es un estado con derecho a trabajar, no se les puede negar su «derecho a trabajar» en su campo elegido.
Lo siento, no funciona así. A veces las leyes no significan lo que parecen significar.
El derecho al trabajo es una protección garantizada por la Constitución de Florida. Pero tiene un significado muy específico. El artículo I, sección 6 de la Constitución de Florida dice. «El derecho de las personas a trabajar no será negado o restringido a causa de la pertenencia o no pertenencia a cualquier sindicato u organización laboral». Esto es lo que se entiende por derecho al trabajo. (El artículo 1, sección 6, también establece: «El derecho de los empleados, por y a través de una organización laboral, a negociar colectivamente no debe ser negado o restringido. Los empleados públicos no tendrán derecho a la huelga»)
El derecho al trabajo no es relevante para la aplicabilidad de los acuerdos de no competencia, que se rigen por la sección 542.335 de los Estatutos de Florida. En general, los acuerdos de no competencia son ejecutables si son razonables en cuanto a tiempo, área y línea de negocio, y están respaldados por uno o más intereses comerciales legítimos. Los tribunales suelen hacer cumplir los acuerdos de no competencia con arreglo a estas normas, al tiempo que rechazan los argumentos de los empleados de que necesitan trabajar en el campo que han elegido para ganarse la vida. De hecho, la sección 542.335 establece que «al determinar la aplicabilidad de un pacto restrictivo, un tribunal… no considerará ninguna dificultad económica individualizada o de otro tipo que pueda ser causada a la persona contra la que se solicita la aplicación».
En resumen, aunque Florida es un estado con derecho al trabajo, esta protección constitucional probablemente no sea significativa para usted a menos que esté pensando en unirse a un sindicato. El derecho al trabajo no significa que usted podrá trabajar en su campo elegido si ha firmado un acuerdo válido de no competencia con su empleador. Por supuesto, puede haber defensas legítimas para la aplicación de su acuerdo de no competencia. Pero no se encontrarán en la Constitución de Florida.